
BUCALEMU Y SUS HISTORIAS
Este pequeño pueblo tiene una larga historia la que a través de documentos encontrados en Archivo Nacional, Registros Parroquiales de Vichuquén, Paredones y algunos historiadores nos descubren, de su población y habitantes.
De este villorrio o aldea, así lo manifiesta el cura vicario de Vichuquén por el año 1658.
Don Martín de Oyarzún y Lartaun , tuvo la necesidad de empadronar 42 familias.
Era quien atendía toda esta doctrina a la que recorría trás sus fieles desde Vichuquén a la frontera de Cahuil, y solicitaba ayuda a los ornamentos de su iglesia, llamada de San Antonio.(registro parroquial Vichuquén, señala el incendio de primera iglesia y el traslado de huesos, a esta iglesia, "fundada mas abajo").
En este inmenso territorio compuesto de variados pueblos, caseríos, villorrios, aldeas, lugarejos, y los llamados "asientos" que eran aquellas estancias, "Las Paredes" en que el trabajo congregaba población en sus alrededores y a la vez fundaban sus casas cercanas a estas, derivando a pequeñas aldeas,Cabeceras, La Ligua, Sirena, Querelema, Palos Blancos.
La historia se extiende mas allá de estas fechas, como lo fueron las Mercedes de tierras y estas se entregaron asi :
Los documentos antiguos de difícil lectura por el paso de los siglos señala otros detalles relacionados con este naciente Bucalemu.
"Sepan quantos esta carta comun como yo Juan de Torres Carvajal vecino feudatario en Santiago y residente en el partido del Maule otorgo que vendo en benta al Cap. Francisco Dias del Valle vecino del dicho partido quien esta presente ochocientas quadras de tierras en dos titulos cada uno de quuatro cientas quadras es a saber el uno fecha ..... Alonso Garcia Ramon .....como a don Luis de Quezada ...... en veintiuno de julio del año pasado de mil seicientos y nueve (1609) y refrendado por Francisco Flores Valdes en el estero de los Boldos que deslindan con Estancia de de Leugun que fue del Cap. Am...... y nuestra parte con las tierras de Coigue y las quatrocientas quadras ......en el sitio y estero de Cabuco por la parte ...... libres de senso hipoteca enajenacion al dicho Cap. Ascencio Dias del Valle con todas las entradas y salidas.
En el dicho Cap. Ascencio Dias del Valle Acepto esta escritura en el dicho precio y prometio de no reclamar caso que el precio exeda mas de la tercia parte que vale y renuncio sobre las leies de partida y nueva recopilacion.
Cap. Ascencio Dias en dos plasos los ciento y treinta para el marzo que viene de mil seicientos y ochenta y debo tres cientos y cuarenta para subsiguiente mes de marzo del año de milseicientos ochenta y uno, renuncio y traspaso todo el ....que a dichas "salinas" tengo y me pertenecen.
Ante Fernando Bravo Corregidor de Justicia Mayor del partido del Maule cinco abril mil seicientos y setenta en este papel comun por no averlo en dicho partido y acto de doi fee."
El documento forma parte de una serie relacionados con la aparición de Bucalemu en la historia. De esta "carta común" se desprende quienes fueron los primeros propietarios, llama la atención que no se nombra Bucalemu. El Cap. Juan de Torres Carvajal formaba parte de los encuestados 1658 por cura vicario y vivía con su hijo y 6 indios y su familia.
Y como era este pueblo. Encontramos algunos oficios que ya desaparecieron, las salinas, que hoy aparecen con sus cuarteles en que ganado, pasta en aquellos sitios que fueron fuente de trabajo en este lugar, estas se cerraron el año 1970.
Testamentos de muchos de ellos, nos dará amplitud, para conocer la dinámica, de como estos antepasados salineros, se asentaron en este lugar.
HACIENDA DE BUCALEMU DOCTRINA DE VICHUQUÉN.
ESCRIBANOS DE TALCA VOLUMEN 127 FOJAS 290 ARCHIVO NACIONAL
Una cuadra medida que se oficializa el año 1848 en Gobierno de Don Manuel Bulnes, equivalente a 125 mts = 125 x 125 mts = 15.625 MT2.
La historia se extiende mas allá de estas fechas, como lo fueron las Mercedes de tierras y estas se entregaron asi :
1604 a Domingo Durán, dueño de 400 cuadras en Boyeruca y este en el a su hijo Pedro Durán. Muchos documentos de venta de tierras en Bucalemu señalan "en las tierras de Durán".
El año 1676, al parecer en aquellos tiempos el limite de Boyeruca al norte llegaba hasta la laguna, pués la Estancia de Bucalemu de 1225 cuadras según documento que aparece cuando se hizo mensura tenia como vecino al sur la laguna y las tierras de Durán. ( el uso poblacional de lugares comúnes determinan, el nombre que se asignara a ese lugar. Cahuil, señalan los registros aqui presentados de documentos del año 1686 los Notarios de Campo escriben, a través de los tiempos "Caul", "Caguel" "Caguil" hoy Cahúil )
La estancia, según la mensura partía por las majadas de los Leivas, actual Cabeceras y las casas de los Cordero. (Las Paredes) Se extendían por el valle cruzando salinas hacia las "islas" camino Bucalemu, (tierras de los Gomes y Durán llamado Boyeruca)
Cien cuadras orillando Camino Real, laguna al mar y de allí subía por el faldaje llamado Salto de la Horca.(bajada a Cabeceras) Hasta tocar punto con pequeña cuesta que lleva a casa de los Leyva 15 cuadras.
(Explicación simple: Si ud. observa la fotografía, la orilla norte de la laguna y se eleva el camino, a derecha era el lugar de la estancia llamada Bucalemu).
Los terrenos adyacentes a la laguna eran ocupados por las familias de salineros que trabajaban estos lugares. Documentos de esos tiempos nos darán a conocer su modo de vida y podremos conocer del esfuerzo y aporte al progresodel país. (en especial Curicó)
1668 600 cuadras en Reloca a Diego de Amaya Montero.
1700 a Juan Días del Valle y su descendencia.
1776 Potrerillos a don Ascencio Dias del Valle.
Esta relación no señalan fechas exactas y no se corresponden con estos estos documentos originales de Archivo Nacional.
Los documentos antiguos de difícil lectura por el paso de los siglos señala otros detalles relacionados con este naciente Bucalemu.
"Sepan quantos esta carta comun como yo Juan de Torres Carvajal vecino feudatario en Santiago y residente en el partido del Maule otorgo que vendo en benta al Cap. Francisco Dias del Valle vecino del dicho partido quien esta presente ochocientas quadras de tierras en dos titulos cada uno de quuatro cientas quadras es a saber el uno fecha ..... Alonso Garcia Ramon .....como a don Luis de Quezada ...... en veintiuno de julio del año pasado de mil seicientos y nueve (1609) y refrendado por Francisco Flores Valdes en el estero de los Boldos que deslindan con Estancia de de Leugun que fue del Cap. Am...... y nuestra parte con las tierras de Coigue y las quatrocientas quadras ......en el sitio y estero de Cabuco por la parte ...... libres de senso hipoteca enajenacion al dicho Cap. Ascencio Dias del Valle con todas las entradas y salidas.
En el dicho Cap. Ascencio Dias del Valle Acepto esta escritura en el dicho precio y prometio de no reclamar caso que el precio exeda mas de la tercia parte que vale y renuncio sobre las leies de partida y nueva recopilacion.
Cap. Ascencio Dias en dos plasos los ciento y treinta para el marzo que viene de mil seicientos y ochenta y debo tres cientos y cuarenta para subsiguiente mes de marzo del año de milseicientos ochenta y uno, renuncio y traspaso todo el ....que a dichas "salinas" tengo y me pertenecen.
Ante Fernando Bravo Corregidor de Justicia Mayor del partido del Maule cinco abril mil seicientos y setenta en este papel comun por no averlo en dicho partido y acto de doi fee."
Fotografía Jaime H. Cordero Z.
Distinguimos en este primer documento oficial de Bucalemu las firmas de Don Juan de Torres a don Ascencio Dias del Valle, Fernando Brabo Corregidor Justicia Mayor.(Doc. Inédito Jaime Cordero Z. 2011)
Compro estas 800 cuadras y las vendió a Francisco y Asencio el primero con descendencia en Bucalemu. Estas tierras se extendían de Bucalemu hacia La Ligua. y lo que queda claro es que estas 800 cuadras dice "que dichas Salinas tengo y me pertenecen"por lo tanto se encontraban en la orilla norte de la laguna y al actual Bucalemu que estaba en las tierras de los Durán. (Boyeruca)
Mas adelante veremos la importancia de estos documentos, pasaron 87 años hasta que se llegó a conocer de ellos y así los herederos de Francisco Díaz del Valle legalizaron sus tierras.
Y como era este pueblo. Encontramos algunos oficios que ya desaparecieron, las salinas, que hoy aparecen con sus cuarteles en que ganado, pasta en aquellos sitios que fueron fuente de trabajo en este lugar, estas se cerraron el año 1970.
Testamentos de muchos de ellos, nos dará amplitud, para conocer la dinámica, de como estos antepasados salineros, se asentaron en este lugar.
Las familias tuvieron poco desplazamiento en estos lugares, pues contaban, con pequeñas tierras de labranza, sus bosques generosas leñas y el mar abundantes mariscos, peces y sal ydiferentes oficios caseros, mariscadores, arrieros, zapateros, dependientes de la estancia cercana que brindaba trabajo, y obligaciones.
Los inquietos jóvenes, llamados "gañanes." vigorosos muchachos que recorrían los fundos cercanos para desarrollar pesados trabajos de campo. Luego estos mismos tocados por los acontecimientos mundiales."Revolución Industrial" los traslado a los centros urbanos. Mis padres y abuelos de este hermoso paraje a la ciudad, adios a la Estancia.
Algunos volvieron con sus nietos a cumplir su sueño, y con sus esfuerzos, una vez mas a mirar el mar recorrer sus cerros y bosques y replantar sus hogares.
Este acontecimiento del que da cuenta este documento, reunió a todos los vecinos para verificar, patrimonios de cada uno de ellos y ademas nos permite conocer quienes fueron las familias fundadoras de Bucalemu.
Fueron citados a domicilio con antelación y se dejó constancia de ello. Se hizo la mensura, se recibieron reclamos y se escucho a algún vecino como Catalina Diaz del Valle quien no tenia documentos de su padre Don Francisco, fue escuchada y sus vecinos testigos, dieron fe de sus 600 cuadras de tierras.
Se encontraron otras que eran realengas, es decir le pertenecían a S. M. y que luego serían vendidas entre ellos. Al terminar este trabajo les fue entregado el mapa que fue tomado los estos agrimensores.
CON FECHA 12 DE JUNIO DE 1766
Los inquietos jóvenes, llamados "gañanes." vigorosos muchachos que recorrían los fundos cercanos para desarrollar pesados trabajos de campo. Luego estos mismos tocados por los acontecimientos mundiales."Revolución Industrial" los traslado a los centros urbanos. Mis padres y abuelos de este hermoso paraje a la ciudad, adios a la Estancia.
Algunos volvieron con sus nietos a cumplir su sueño, y con sus esfuerzos, una vez mas a mirar el mar recorrer sus cerros y bosques y replantar sus hogares.
Este acontecimiento del que da cuenta este documento, reunió a todos los vecinos para verificar, patrimonios de cada uno de ellos y ademas nos permite conocer quienes fueron las familias fundadoras de Bucalemu.
Fueron citados a domicilio con antelación y se dejó constancia de ello. Se hizo la mensura, se recibieron reclamos y se escucho a algún vecino como Catalina Diaz del Valle quien no tenia documentos de su padre Don Francisco, fue escuchada y sus vecinos testigos, dieron fe de sus 600 cuadras de tierras.
Se encontraron otras que eran realengas, es decir le pertenecían a S. M. y que luego serían vendidas entre ellos. Al terminar este trabajo les fue entregado el mapa que fue tomado los estos agrimensores.
Fotografía Doc. Inédito Jaime Cordero Z. 2012
CON FECHA 12 DE JUNIO DE 1766
HACIENDA DE BUCALEMU DOCTRINA DE VICHUQUÉN.
SE EJECUTA MENSURA DE ESTAS TIERRAS.
Digo que por quanto por decreto del Sr., Juez Pribativo de Tierras y Valdios de este Reyno, se me mando que haga Mensura y deslinde que mida las Estancias que se hallan en esta Doctrina.
Y siendo precisso el medir la Estancia nombrada Bucalemu, en su cumplimiento dixe que debia de mandar y mando sean sitados los interesados a dichas tierras, y los circunbecinos, para que el dia sabado catorce del que corre ocurran a ber a ser a dicha medida, presentando los instrumentos que fuesen de su favor, con el apercebimiento que no lo haciendo les repara el perjuicio como si presentes estuviesen; asi lo probey mande y firme ; Actuando por ante mi y testigos por falta de Escribano de lo que doy fe.
Por mi y ante mi Juan Manuel de SalamancaTestigo Jph. Antonio SilvaTestigo Miguel Catalan.
En el Hasiento de Bucalemu Partido del Maule y doctrina de las Salinas, en diez y seis dias del mes de junio de mil setecientos sesenta y seis ante don Juan Manuel de Salamanca , Juez Subdelegado de tierras , y Agrimenzor de este dicho Partido, para efecto de dar entero a seiscientas quadras, de tierras que deven haver los herederos de Francisco Dias y Catalina Dias. (según la relacion verbal que me tienen hecha )
En el Hasiento de Bucalemu Doctrina de Vichuquén, y Juridicción de este Partido de Maule en doce dias del mes de junio de mil setecientos sesenta y seis.Yo don Juan Manuel de Salamanca Juez Subdelegado y agrimenzor de este dicho Partido. Por mi y ante mi Juan Manuel de Salamanca.
Digo que por quanto por decreto del Sr., Juez Pribativo de Tierras y Valdios de este Reyno, se me mando que haga Mensura y deslinde que mida las Estancias que se hallan en esta Doctrina.
Y siendo precisso el medir la Estancia nombrada Bucalemu, en su cumplimiento dixe que debia de mandar y mando sean sitados los interesados a dichas tierras, y los circunbecinos, para que el dia sabado catorce del que corre ocurran a ber a ser a dicha medida, presentando los instrumentos que fuesen de su favor, con el apercebimiento que no lo haciendo les repara el perjuicio como si presentes estuviesen; asi lo probey mande y firme ; Actuando por ante mi y testigos por falta de Escribano de lo que doy fe.
Por mi y ante mi Juan Manuel de SalamancaTestigo Jph. Antonio SilvaTestigo Miguel Catalan.
En el Hasiento de Bucalemu Partido del Maule y doctrina de las Salinas, en diez y seis dias del mes de junio de mil setecientos sesenta y seis ante don Juan Manuel de Salamanca , Juez Subdelegado de tierras , y Agrimenzor de este dicho Partido, para efecto de dar entero a seiscientas quadras, de tierras que deven haver los herederos de Francisco Dias y Catalina Dias. (según la relacion verbal que me tienen hecha )
Y haviendo echo citación de los interesados, que son: Cxiptoval Muñoz ,Vicente Urra Francisco Bozo, Miguel Vidal , Francisco Jorquera , Lorenzo Ahumada ,y Cxiptoval Ahumada y Juan Solis ; vecinos de don Dimas de Escobar, Xavier Leyba y teniente Miguel Catalan .
Y en concurso de todos se hizo vista de ojos, y en ella se fue manifestando el goce que tenian por otras seiscientas quadras.
Y elegido sitio para principio de la medida nos pusimos en unas lomas llamadas las “majadas del Capitan Marcos Leyba y de este otro sitio se da vista a estos dichos Leyvas.
Y puesto moxon a piedra clavada en presencia de todas las partes se midio la cuerda por el theniente Nicolas de Herrera que hace oficio de Alarife la que en altas voces conto setenta y cinco baras que hacen media quadra,cogido al humo al nor nor oeste se corrio la 1° linea por ella se contaron 36 quadras que llegan a un mojon que esta a las casas viejas del difunto Escobar en una lomita que su punta cabe a otras casas.
Aqui se busco otro mojon que se alla en lo alto que da a una loma que da vista a las Paredes, y valle que se halla en el Camino Real que va de Bucalemu para las casas de Antonio Cordero y por linea se contaron 39 quadras .Quedando a la mano derecha de esta linea de faldaje, que hace desde el Alto de la Horca a mojon situado del Camino Real, que se media entre angulo, se hallo en dicho faldaje 100 quadras.
Y de el moxon al Camino Real de Bucalemu y levantado humo, a la parte del ... en un alto ,que esta en el cxusero de los dos caminos, que el uno va para pa lo de Don Joseph Salinas el otro Loma entera pa el Combento se continua con tercera linea , y por ella se contaron 48 quadras y en la cumbre del dicho alto puso moxon a piedra clabada y de aqui se ve el moxon que esta en las majadas de los Leyvas y por el 4° lado se midieron 16 quadras.
Conque se servio esta medida,y en su area 1155 quadras y ciento que se hallaron en el faldeage del Alto de la Horca, hacen la cantidad de 1255 quadras, que rebajadas las 50 quadras por lo que se inunda la Laguna de Bucalemu quedan 1200, que rebajadas las 600 quadras que dichos herederos deben haber, quedan por derecho a su Magestad 605 quadras.
Y de estas rebajadas 25 por el costo que causo la demasia. Las que se adjudicaron a Don Cxiptoval Muñoz , por haber pagado los derechos.Las que quedan deslindadas donde el propio tiene su casa. Con lo que quedan liquidas a su Magestad 580 quadras.Cuyas diligencias se concluyeron en concurso de los herederos sitados arriba.
Quedando sitados para el dia siguiente y advertidos para que dixesen donde les convenia el dejar las 580 quadras, pertenecientes a su Magestad.
Y todo paso ante testigos, con los que actuo por falta de Escribano de que doy fee. En este papel comun por la distancia donde se vende el sellado.
Por mi y ante mi . Manuel de Salamanca. (acompaña mapa)
ESCRIBANOS DE TALCA VOLUMEN 127 FOJAS 290 ARCHIVO NACIONAL
Fotografía Doc Inédito Jaime Cordero Z. 2012
En este documento se menciona la cantidad de cuadras que conformaban la Hacienda de Bucalemu 1255 cuadras de las cuales 600, pertenecían a los herederos de Francisco Días del Valle padre de estos de esta estancia de Bucalemu. en el Partido del Maule y Doctrina de las Salinas año 1776, fecha que se corresponde como dice documento, se ejecuta una mensura en todas las Estancias que se hallan en esta doctrina de Vichuquén.
Capillas en esta hacienda de Bucalemu
Siguiendo huellas en documentos relacionados con este lugar, nos encontramos con otro hito que pasados muchos años, les volvió a reunir. Esta vez un regalo para el pueblo. Una cuadra de tierra para levantar una Capilla. Esta se une a otra que ya no existe que es la "Capilla de las Salinas" que tiene una gran cantidad de documentación tanto parroquial y particular como ventas a la orilla norte de la laguna de Bucalemu.
Investigando acerca de esta, la gente mas anciana dice recordarla, y agregan su registro oral. "Fue construida en un lugar situado frente a las llamadas "islas" que se formaban al entrar las aguas de mar a sus salinas. El dueño de aquel lugar al contraer matrimonio, su esposa era de otra creencia religiosa, mando hacer desaparecer esa Capilla." Este relato lo hace un antiguo poblador que a través de los tiempos se asentaron a las orillas de la laguna por generaciones a las salinas.
El documento dice:
1816
Fotografía Documento Inédito Jaime Cordero Z.año 2013
"En la Capilla de Bucalemu , Doctrina de Paredones Juridicción de San José de Buena Vista en veinte y ocho dias, en el mes de noviembrede mil ochocientos dies y seis, ante mi Don Miguel de Escobar, Juez Diputado de estos distritos.
Bisente Saballa a nombre y por Carta Poder, del Sr. Cura y Vicario Don Pedro Castro ( 1793 - 1824 ) para justificar la poseción y propiedad que tiene a la quadra de tierra que dono doña Damiana Gomes a beneficio de que se en ella se fundase la Capilla. Presento ante mi dicho Juez a Don Antonio Gomes, hombre idonio de quien recibi juramaneto, que lo hizo por Dios Nuestro Señor de Cruz segun socargo del qual prometio decir berdad en lo que supiece y le fuere preguntadoy siendole que hera lo que sabia de la dona que hizo Doña Damiana Gomes, para el fundo de la Capilla dijo este declarante que sabe de boz y fama de todos los vecinos, que el finado Don Antonio Pasten, de mancomun con su legitima mujer Doña Damiana Gomes,donaron la quadra de tierra, para que el finado Don Francisco Javier de Ravanal (1779 - 1792 sirvio 13 años) fundace la Capilla y que en esa birtud y que se lebanto dicha Capilla el finado cura Rabanal.
Mas dice este declarante que tambien supo que el finado Don Julian Pasten, quizo embarasar el trabajo de la Capilla diciendo que la tierra hera del y se retificaron en la dona del recordado Don Antonio Pasten y la finada su mujer Damiana Gomes y que mediante esta dona an tenido los señores curas, el finado y el actual Don Pedro Castro la posesion de la quadra de tierra.
Mas dijo este declarante que conoce berdad, que para el reparo de la dicha Iglesia que Bicente Saballa, por su buen selo christiano que tiene porque dise que le costa que mediante el selo de dicho Bisente oyen misa muchos dias de fiesta en el año y que mas bien la costiaria estando a cargo y cuidado de la Capilla el sitado Bicente Saballa , y que tambien sabe que al precente se halla en gran deterioro, que si no dentra al cuidado de ella pronto se caida dicha Capilla y que esta es la verdad socargo del juramento que tiene hecho en que se afirmo y ratifico, siendole leida esta su declaración dijo que estaba bien y es la misma que tiene dado y ques de edad de setenta y ocho años, poco mas o menos , no firmo porque dijo no poder, y que aunque le tocan las generales de la Ley , para con la familia de Don Antonio Pasten y de Doña Damiana Gomes, no por eso falta la Sagrada religion del Sacramento, y a su ruego firmo firmo uno de los testigos, que se allaron presentes con quienes autuo a falta de escribano y en papel comun por no haver de ningun sello de que doy fee del declarante y pongo por testigos :
Juan Jose Gomes
Francisco Pasten , por mi y ante mi
Miguel de Escobar.
Escribanos de Curicó vol. 19 fs. 101-102 Arch.Nacional.
Una cuadra medida que se oficializa el año 1848 en Gobierno de Don Manuel Bulnes, equivalente a 125 mts = 125 x 125 mts = 15.625 MT2.
LA CAPILLA
Esta capilla; los vecinos señalan, que antes estaba ubicada en el plano y que trás salidas de mar, se había construido en el lugar que esta hoy. También puede pertenecer a una capilla de una estancia de aquel lugar. (de este lugar, no se encuentra documentación, puede ser particular, como la de los Catalán.)
Talca en veintinuebe dias del mes de disiembre de mil setecientos noventa y dos años yo el Th.Don Nicolas Saldaña Juez a comision, por el Superior Gobierno deste Reyno en dicha Doctrina en "Paredes", en puntual obedecimiento delo mandado por superior decreto de enfrente a la casa y morada del Alcalde de la Santa Hermandad Don Dionisio Casas Cordero y la de su ermano Don Joseph Cordero en sus propias personas y en presencia de testigos, les notifique sin saver todo lo contenido en el citado Superior Documento, quienes lo oieron y entendieron y dijeron que en todo obedecian segun y como se les manda y para que asi conste lo pongo por diligencia autuando, con los testigos que lo fueron presentes , por distancia del escribano y a ello doy fee.
Fotografia Documento inédito Jaime Cordero Z. año 2010
Capilla de los Catalanes.
Fotografía Documentos Inéditos Jaime Cordero Z. año 2013
Fotografía Jaime Cordero Z.año 2013
Capilla de Bucalemu
Capilla de Las Salinas
1821
"En el asiento de la Capilla de las Salinas de Bucalemu Doctrina Juridicción de San José de Buenabista en veintiun dias del mes de agosto de mil ochocientos veinte y uno , ante mi Don Miguel de Escobar Juez Diputado de estos distritos y testigos comparecio José Parrague vecino de esta dicha doctrina , a quien doy fe que conozco y dice que por el y en nombre de sus legitimos herederos y susesores y de los que de ellos hubiere titulo, y por causa de ser legitima vende a Valentin Gomes vecino de esta doctrina para el uso de el y sus sucesores nueve cuadras y media de tierras que tiene de propias adquiridas de la legitima (herencia ) de su madre doña Josefa Pasten en el "titulo de Duran" conjunto a las tierras de Valentin Gomes , con pendiente plan y agua.
Que corre del sanjon que corre a la Capilla y corre con el plan con todas sus entradas y salidas y libres de tributos, e hipoteca , ni cargos señorios y obligación y por tal se las asegura por el precio de tres pesos la cuadra"
Capilla de las Paredes
1774
Documento fechado 4 junio 1774 (Inédito Jaime Cordero Z. 2013)
"Sepan cuantos esta carta de mi testamento ultima y postrera voluntad vienen como io don Antonio Casas Cordero natural de la doctrina de Bichuquen hijo legitimo de don Antonio Casas Cordero y de doña Magdalena Baldivia mis padres difuntos" y luego continua su codicilo agrega lo siguiente:
Fotografía Documento inédito Jaime Cordero Z. 2013
"Y tambien declaro que es mi voluntad se construya y levante una capilla competente en esta mi estancia en lugar que se allare mas adecuado y de mi por disposicion, para este efecto adornandose con aquel adereso necesario que pide el culto de la divina magestad y tremendo sacrificio de la misa y suplico y mando a mis albaseas que inmediatamente que fallesca pongan en execusion esta porsion para cuyo cumplimiento suplico al señor cura y vicario de esta doctrina copere con todo selo con el ilustrisimo Obispo, por el beneficio comun de tantos pobres que biben en tan distancias".
Vol.6 Escribanos de Talca
Esta Capilla sera conocida como "Las Paredes" La Ligua.
Cumplió esta Estancia de la familia fundadora de Cahuil, múltiples tareas de desarrollo, desde la llegada a este lugar, de la ganadería, agricultura y las diferentes villas que tuvieron nacimiento en sus cercanías; pobladores tomaron las armas para defender, las tierras y hogares.
En los años 1655-1665 levantamiento de indios por 10 años, les correspondió cercano.
De esta como otras estancias salieron ganados vacuno, para alimento de tropas, 42 cabezas de ganado entrego en segunda generación Alonso Casas Cordero, hijo.
Es común encontrar en documentos en variados pobladores, de estos lugares, grados militares:Teniente, Sargento, Alférez, Capitán. No fueron grados obtenido, de los venidos de Arauco en primera generación, sino de pobladores que formaban milicias con estancieros para sus defender sus hogares.
Residentes en Estancia Las Paredes año 1792
Fotografia Documento Jaime H Cordero Z. año 2013
Talca en veintinuebe dias del mes de disiembre de mil setecientos noventa y dos años yo el Th.Don Nicolas Saldaña Juez a comision, por el Superior Gobierno deste Reyno en dicha Doctrina en "Paredes", en puntual obedecimiento delo mandado por superior decreto de enfrente a la casa y morada del Alcalde de la Santa Hermandad Don Dionisio Casas Cordero y la de su ermano Don Joseph Cordero en sus propias personas y en presencia de testigos, les notifique sin saver todo lo contenido en el citado Superior Documento, quienes lo oieron y entendieron y dijeron que en todo obedecian segun y como se les manda y para que asi conste lo pongo por diligencia autuando, con los testigos que lo fueron presentes , por distancia del escribano y a ello doy fee.
Testigo Toribio Cornejo Juan de la Cruz Cornejo
Por mi y ante mi, Nicolas Saldaña
Al igual que la capilla de las Salinas esta también desapareció. Fue don Isaías Urzúa Días quien me acompaño a conocer esta antigua posesión donde se encontraba la estancia a cuya familia hoy les pertenece. De su historia refería que la casa se había reconstruido, pues decía que las aguas que bajan de los esteros de Nilahue a desembocar a la laguna de Bucalemu se derraman sobre aquellas tierras y lentamente esta se empezaron a derrumbar sus muros. Se habían tomado los materiales nobles de aquella construcción y se construyo mas arriba y lo que seguramente fue una construcción de gruesos adobes, como algunas que se muestran a través de los tiempos, la Estancia de los Leivas dieron el nombre de Las Paredes. Hoy su construcción es de materiales modernos, sin muros de adobe y llena de historias.
Acerca de esta capilla. Al fallecer don Antonio Casas Cordero lo hereda uno de sus hijos Ignacio 1749- 1797 y este a su hijo Miguel Gerónimo 1772-1871 tercer propietario fallece de edad de noventa años 17 hijos todos residentes en este mismo lugar de las Paredes y deja en su testamento a su hijo Pedro Nolasco Casas Cordero Salinas, esta capilla.
"En el nombre de Dios nuestro señor amén .Yo Miguel Gerónimo Casas Cordero de noventa años natural y domiciliado en este lugar de Las Paredes, departamento de Curicó hijo legitimo de don Ignacio Casas Cordero y doña Marciana Valenzuela ya finados, encontrándome enfermo pero sano en mi entero juicio, ordeno mi testamento en la forma siguiente ante el subdelegado don Manuel Antonio Montero y los testigos don Blas Urzúa don Pedro José Carvajal y don Francisco Ignacio Catalán vecinos de este lugar."
Fotografía Jaime H. Cordero Zúñiga
"Y tambien declaro que igualmente le dono de la cuarta parte que yo tengo libre de mis bienes a mi hijo Pedro Nolasco, "La Capilla" con una cuadra de terreno a continuación y a mas dies pesos para reforma de ella y sin beato alguno"
"Como mi ultima voluntad que otorgo que otorgo en las Paredes a veintiseis días de marzo de mil ochocientos setenta y un año."
Fotografía Jaime H. Cordero Z. año 2014
Capilla privada perteneciente a la familia Catalán, hija del ya fallecido Sr. Catalán, permitió la captura de varias fotografías y señalaba que era facilitada para ceremonias religiosas.
1676
Propietarios de Bucalemu.
Antiguos documentos sobre pertenencia de las 1.225 cuadras de tierras las que se repartían por las familias fundadoras, de las cuales 600 pertenecían a la familia Díaz del Valle.
"Sepan uds, quantos esta carta como yo doña Catalina Dias del Valle residente en el partido del Maule. Con licencia y expreso consentimiento y para otorgar esta escritura pido y demando a Alonso Cordero mi legitimo esposo de mi ........a la dicha mi mujer. Segun ......Usando de ella yo la dicha Doña Catalina Dias del Valle otorgo que doy todo mi poder siendo bastante el que de derecho sea para favor de Alonso Cordero mi legitimo marido para que por mi en mi nombre represente a mi propia persona para que pueda vender y venda trecientas quadras de tierras que hube y herede de Francisco Dias del Valle mi heredera por particion legitima de sus bienes y me fueron .... Justicia Mayor deste decho partido ..la que pueda vender a la persona o personas .
En el asiento de Bucalemu partido del Maule en cuatro digo en cinco de junio de mil seiscientos setenta y seis. Ante el Capitan Don Agustin Suares lugarteniente de Corregidor y Jues de comision en esta costa de Vichuquen y de los testigos que han firmado .Yo el dicho Teniente de Corregidor que es jues presente doi fe que conosco a los otorgantes que no firmaron por no saber.
Porque interpongo mi autoridad justicia de que doi fe....lacres de papel comun por no haber de fino en dicho partido."
Notarios de Talca Vol. 1 fjs. 337 Arch. Nac.
" La Historia cuenta"
Entierro menor, española.
“En 28 de junio de 1683 y en esta parroquia enterre el cuerpo de Catalina Dias de esta doctrina, hija legitima de Francisco Dias y de Joana Gamboa de esta doctrina, de 30 años fue casada y velada según el orden de la Santa Iglesia siendo de veinte años poco mas o menos con Don Alonso Cordero de esta doctrina, hijo legitimo de Alonso Cordero y de doña Jacinta Mansilla, murio sin los Sacramentos por no ser avisado, por ser asi lo firmo."
Francisco Saravia cura vicario Vichuquén.
Libro de Entierros Vichuquén Pág. 2
1746
"Que paso con parte de esas tierras"
"Maria Castro biuda del Capitan don Pedro Quiñones y pobre y cargada de hijos y de otras mucha necesidades en que me allo en cuyo fuero y derecho me presento en aquella forma quel derecho me concede y da lugar y fama de ser el Rei mi (G) como posesa biuda- y digo que abra tiempo de treinta y tres años como mas largamente consta que el dicho mi marido, compro un pedaso de tierras en la "islas" por las orillas de la laguna de "bucalimo", su numero y cantidad de setenta y sinco quadras , las que he poseido en dicho tiempo, sin contradiscion ninguna y oy al presente acaese que sean introducido a ser salinas en la laguna y orilla de las dichas tierras, de mi dominio, y pertenencia con grave daño y perjuicio mio.
Los Capitanes Manuel de Requeman, Lorenzo Aumada Don Joseph Solis, Domingo Lopez y Felipe Mendes. Den a los cuales con dichos bienes con suplica de atencion se convengan en el beneficio de dichas salinas no lo e podido conseguir y para mi perjuicio y daño conseguir, en demanda y justicia de mis dichas salinas".
Respuesta a Doña Maria Castro viuda del Capitán Pedro de Quiñones.
En Bucalemu en cinco dias del mes de marzo del año de mil setesientos y cuarenta y seis , en virtud de la comision a mi cometida insuso incerta io el Tte, Joseph Muñoz Lei y notifique a los Capptanes espresados en la petision que en esto oyeron y entendieron y se dieron por notificados en presencia de testigos con que autuo por distancia doy fe.
Testimonios presentados por doña Maria Castro.
Escritura a Alférez Pedro de Quiñones de Alonso Cordero señala vender setenta y cinco cuadras de tierras a las orillas de la laguna de Bucalemu en lugar llamado "las islas", luego dice "herede de mis padres"(lo que no es efectivo, Alonso por fallecimiento de Catalina su esposa, queda en posesión de esas tierras)
Luego señala el lugar físico de esas setenta y cinco cuadras, que vendría a ser la extensión entre las "islas" y la mar.
Fotografía Jaime H. Cordero Z. año 2013
"La posesión de dichas setenta y cinco quadras de de tierras en el dicho paraje de las islas, las cuales haprendio el susodicho en una lomita que esta ha orillas de la playa del lado sur un pangal que corre hasta la playa."
El documento señala la extensión, desde la playa hasta las islas y señala "el pangal" lugar donde se desarrollaba en forma natural una planta de grandes hojas, crecía en las aguas cristalinas que vertían a la playa, era usado en las estancias para el proceso del curtido de cueros.
Mas historia tierras Bucalemu Doña María Castro.
Transcurridos 56 años, doña María ya fallecida, sus hijos en segunda generación ocupan sus tierras y salineras.
Documento Bucalemu 1802.
Boyeruca por Partido Juridicción de San José de Buena Vista 21 julio 1802, ante mi Don Miguel Escobar Ministro Diputado de esta Doctrina de Paredones, y testigos compareciendo presentes Doña Margarita Vigo, Josefa Gomes viuda de Juan Quiñones, con 3 hijos varones y 5 hijas mujeres, que son Pedro, Nolasco y José. Javiera, Juana casada con Francisco Quezada, Margarita mujer legitima de Miguel Bustamante, Maria Antonieta y Raymunda. Todos los susodichos hijos legitimos de doña Josefa Gomes y de su finado esposo y del Dr. Don Pedro Castro, cura y vicario, de esta Doctrina Paredones.
Dice tienen 75 cuadras de tierras en el titulo de Bucalemu, las que compro Pedro Quiñones suegro de doña Josefa Gomes a Alonso Cordero a favor del citado, Pedro Quiñones el Tte. Corregidor Antonio Riveros, que fue de la Doctrina de Bichuquen El año 1715 a 4 dias del mes de enero y libre de toda hipoteca.
Y don Pedro Castro cura vicario Paredones, dijo que por cuanto el tenia otras 75 cuadras de tierras en el paraje conocido como " La Aguada" a la parte de Boyeruca, lindantes a Ramón Durán y por el sur, con a la parte de Boyeruca, y por el oriente con tierras del mismo cura párroco Pedro Castro.
Permutan con don Pedro Castro tierras conocidas por doña Josefa Gomes hijos e hijas, dan a Pedro Castro sus 75 cuadras de tierras en cuya recompensa don Pedro Castro le daba y le dio a Josefa Gomes e hijos 75 cuadras en un lugar llamado "La Aguada"
Se entregan escritura de benta que la otorgo Alonso Cordero a su autor Pedro Quiñones que firmaron Pedro Castro, Cura Vicario de Paredones y doña Josefa Gomes y todos sus hijos no firmaron porque dijeron no saber, firmo por ruego .
Pedro Balenzuela.
SALINAS BUCALEMU
MUJERES SALINERAS. ACTAS DEL CABILDO DE SANTIAGO VOL XI pag. 281 año 1634.
Entre los cultores del arte de hacer sal, tambien estuvieron las mujeres: Antonia de Oyarzún de Valenzuela y Juana Muñoz de Cabrera, viudas y dueñas de estancias en la marisma de Boyeruca. Realizando cosechas de sal. Antonia de Oyarzún en pleno siglo XVII y Juana Muñoz en las primeraas decadas del del XVIII.
Tambien se ha de mencionar a María Vargas Machuca, dueña de un sitio de salinas en las vecinas salinas de Bucalemu, lo era por herencia y obtenia de estas salinas una renta anual de 200 pesos, y expresaba hacia 1774, que era "el unico beneficio conque yo y mis pobres hijos nos mantenemos".
En cambio María Josefa Gomes ejercio en las salinas de Boyeruca , como empresaria de la sal al arrendarle un sitio de salinas al Capitán Javier Contreras, sitio que trabajaron en medieria hacia 1774 "le presto a la dicha doña Maria Josepha Gomes para que las cuajase a medias.
Sal y Sociedad Jose Eulalio Vera Rodriguez Cap. I Arch. Nac.
Familia Urzúa de Bucalemu
Madre biológica india
1916 +1997
Jaime Cordero Zúñiga
Jaime Cordero Zúñiga
(vive)
Los Ursúas hidalgos soldados en la guerra de Arauco, reciben tierras en Curicó en los suburbios de este pueblo, lugar donde se desarrolla esta familia, ocupan la mitad de la cuadra norte de plaza de Curicó. Don Agustín debió luchar en el levantamiento general indio años 1655- 1565
Bernabé instala su familia donde se asientan estos salineros, residentes a las orillas de la laguna de Bucalemu, sus historias están recogidas en documentos que nos hablan de ellos y de la vida que se desarrolla en este lugar. Estas 8 generaciones, en Registro Civil y Archivos Parroquiales de Paredones.
La familia Urzúa, aparece tardíamente en la comunidad de Paredones, veamos porque: Luis de Roa y Ursúa en su libro El Reyno de Chile 1535-1810 pág 655.
Leemos: Juan de Zuñiga nació, 1660 + 17-5- 1731 casado con Ana Pascuala Galarce natural de la Estrella y murió de 80 años en San Fernando 30 -IV- 1759.
Hija natural del Capitán Agustín de Ursúa y Ruiz de Azua 1648- 1711 y de india (libro defunciones parroquiales, San Fernando) dice el texto: "origen de otra línea, de Urzúa, no varón en Colchagua " hijos Fernando y Bernabé.
Fernando de Urzúa y Zúñiga natural de Colchagua, murió en San Fernando 10-1- 1780, casado Eugenia de Gamboa.
Bernabe de Ursúa y Zuñiga: este Bernabe es quien aparece en archivos parroquiales de Paredones, con muchos hijos. Ponemos orden en esas inscripciones.
Bernabé de "Ursúa" se inscribe, documento : En la Villa San Agustín de Talca en 6 días del mes de junio 1772.
Dice "Presente Bernabé de Ursúa, vecino de la Doctrina de Vichuquén, " a tenido varios contratos y recaudaciones de diesmos, pertenecientes a don Eusebio de Toro y a don Pedro Castro, vecino de Santiago y señala haber alcanzado, con don Eusebio por convenio la cantidad de quatrocientos noventa y tres pesos, y al igual con don Pedro Castro. (salinas de Boyeruca)
Y señala reconocer, por ora es deudor por las perdidas de sal, de las que estuvo a cargo en los graneros." Por lo tanto me constituyo en deudor y pagador de los quatrocientos noventa y tres pesos y dice:"es deudor de la citada cantidad y obligo mis bienes habidos a la justicia de su Magestad.
GENEALOGÍA
1) Capitán Agustín de Ursúa y Ruiz de Azua 1648 + 1711---mujer india
2) hija Ana Pascuala Galarce 1679 + 1759 casada Juan de Zuñiga 1660 - 1731
3) hijos : Fernando y Bernabé Ursúa Zúñiga (Ana Pascuala inscribe a sus hijos con apellido biológico de su padre Ursúa)
Bernabé esposa, Maria Antonia Cordova Bustamante n.1722 hijos:
Manuel n. 1749
Joseph n. 1752
Miguel .n 1754 cas Melchora Leiva
Juan Manuel Urzua 1756 - 1837 cas Maria Rosa Diaz Castillo
Francisco n. 1760 cas. Maria del Carmen Valenzuela n. 1770
Maria de los Santos n. 1762 cas. Lorenzo Leiva Vidal 1795
Pedro Jose 1763 - 1836 cas Maria Silva
Maria del Carmen n. 1767 cas. Ignacio Saldaña Rojas 1759
Ubaldo n. 1768 cas Maria Perez Gomes 1775
Josepha 1769 + 1769
Mathea 1769
Domingo 1774 + 1809 cas Gregoria Piña Ortiz 1792
Maria del Transito 1780 + 1843
De Juan Manuel 4° hijo encontramos su testamento en Arch. Nac. que nos dará una visión acerca de los salineros bucaleminos entre año 1800.
Testamento 1837.
"Sepan cuantos lean esta carta de mi apunte de memoria, ultima y postrera voluntad, vieren como yo Don Juan Urzua, natural de esta doctrina de Paredones, hijo legitimo de Don Bernabe Urzua y de Doña Maria Antonia Cordova, hallandome enfermo en cama, de un accidente que Dios nuestro señor, hasido servido el darme. Sea mi cuerpo enterrado en la Iglesia Parroquial de Paredones, entierro menor y cruz vaja.
Declaro que por la pobreza en que me hayo no dejo de las mandas del Instituto
Declaro que fui casado y velado con Doña Rosa Diaz natural ciudad de Santiago, tuvimos y proquiamos en gracia de Dios diez hijos, hombres, Anselmo, Ermenegildo, Francisco, Benancio, mujeres, Getrudis, Gregoria, Maria, Fermina, murio soltera en tiempo de este matrimonio, Isabel y Juana murio parbula declarolos por mis hijos legitimos y de la finada mi mujer.
Declaro que por fallecimiento de la dicha mi mujer, tuve juicio de particiones, con mis hijos dandole a cada uno, lo que por parte materna corresponde, de los autos que se encuentran en poder de mi hijo Ermenegildo.
Declaro que soy casado y velado segun el orden de nuestra Santa Iglesia de segundas nupcias, con Maria Urra de cuyo matrimonio no hemos tenido ni proquiado ningun hijo.
Declaro que cuando me case con la dicha mi mujer, Maria ella solo dentro a matrimonio, su cama ordinaria, una petaca, una tabla, seis gallinas de vientre, dos pavos de año, declaro asi para que conste.
Declaro que cuando solicite de esta mi mujer, le prometi dotarla con 30 pesos, la que mando se le paguen por sus buenos servicios, que a tenido conmigo en mis crecidas enfermedades y en el inter no se le dan los 30 pesos estara en posecion y gose de la arboladita, el pedazo de chacara ,que me corresponde en esta posecion, lo que mando se cumpla esta esta deuda.
Declaro que teniendo sabido ahora por boca de Don Jose Santos Martus, que mi hijo Benancio, usa de una cantidad agena de sal, que estuvo a mi cargo por cuya falta, tuve que pagarle al finado Don Leon Droguete dueño de la dicha sal, docientos veinte y cinco pesos, por cuya causa lo aparto de toda erencia mia.
Declaro que a Maria Concepcion Gonzalez que nos a servido con voluntad en todos los servicios en remuneracion de sus servicios, mando se le paguen doce pesos, inclusos los doce pesos que le devo que me presto.
"Declaro que al señor cura mi sobrino Don Juan Francisco Urzua," (1829 - 1878) , le soy deudor si Dios no me diese el tiempo de aclararme con el, me fio de su buena conciencia, y se le pagara lo que el dijere.
Declaro que a Maria Concepcion Gonzalez no se le tome cuenta de su ropa que tiene, porque es avida de palabra matrimonial que se le pago.
Declaro le debo a Don Juan Felis Vallejo dos terneros, que ban en dos años a Don Pedro Gomes le debo tres a cuatro pesos, mando se le paguen.
Declaro le debo al Presbitero Don Fernando Gonzalez, un toro de matanza, mando se le paguen.
Declaro que de dies y seis cuadras de tierras que me tocaron en la particion de mis hijos, de estas una compre a mi hija Isabel Urzua y las que me tocaron por mi hijuela de las cuales tengo vendidas, cuatro cuadras a mi hijo Ermenegildo.
"Declaro que al señor cura Don Juan Francisco Urzúa le tengo vendidos dos cuarteles, y otro cuartel grande en empeño, no tengo presente en cuanto esta empeñado, lo dejo a buena conciencia del dicho Señor, que el diga cual es la cantidad."
Solo quiero que esto valga el juicio al que mando se guarde y cumpla mi ultima voluntad. En este asiento de las Cabeceras ante siete testigos, en dies y nueve dias del mes de mayo de mil ochocientos treinta y siete años y no lo firme por no saver.
Jose Vicente Solis
La investigación documentada se circunscribe a las salinas de Bucalemu y Cahuil, llama la atención , como estos salineros se desprenden de sus posesiones o tal vez parte de ellas y se congregan los grupos familiares para, participar de estas pequeñas ventas no solo salineros , al igual se agregan estancieros.
La Guerra Civil 1829 - 1830 Batalla de Lircay
Carta de Don Ramon Mariano Santiago 5 abril 1830 a Don Bernardo O'higgins
Extracto de carta:
"Desde el primer día de esta guerra civil, tan dolorosa como triste para el país, que extendiendo la vista a todo lo que sea aun lo mas infeliz , no se ve más que perdida completa y una ruina total para el país. Pues desde que principio la revolución en el pais jamas se habia visto una cosa tan horrorosa como desastrosa. Pero buscando el origen de esta desgracia, los campos asolados la agricultura perdida, esas gentes que eran la suma de honradez y descanso del Estado, ahora en estos no se ve mas que la maldad y el pillaje y cuanta clase de maldad . Y con esperanzas que cada día veamos cosas peores.
Así toda la gente honrada de los campos, están resaltadas día y noche solo esperando por unos instantes que no entren a sus casas, que sean muertos y cuando bien escapen el saqueo cuando no es uno es otro.
Asi en la revolución con la guerra, sus maridos, hijos, parientes, bienhechores conocidos; la odiosidad unos con otros, por los partidos las pasiones surten todo tipo de pasiones exaltadas, las falsedades y testimonio, es la moda que se a levantado , esto es usual en todo tipo de persona. Todas las casas gimen y lloran ya por las enfermedades como por la pobreza."
Cartas Archivo O'Higgins pág 202 Fjs 83 - 84
Ventas de salinas Bucalemu Cahuil
En el lugar de Bucalemo Doctrina de Paredones juridiccion de Curicó en tres dias del mes de Sept de mil ochocientos dies y siete años, ante mi Don Miguel de Escobar, Ministro Diputado de dicha doctrina y testigos.
Comparecieron presentes, Doña María Gomes viuda del finado Cristobal Cuevas y su hijo Carlos Cuevas y Manuela Gomes, vecinos de este mismo lugar de Las Salinas y a quienes doy fe que conozco.
Y dijeron que otorgan por ellos y en nombre de sus erederos y subsesores y los que de ellos y ellos hubiere titulo y causa, venden y dan en venta publica por fuero de eredad para siempre y jamas la dicha Maria a su nieto politico, Bicente Saballa ocho quadras de tierras que tiene propias suias y el dicho Carlos Cuevas un cuarto y el citado Marcelo Gomes ,otro quarto por aberle dado poder Petronila Cepeda viuda del finado Anselmo Cuevas.
En esta atencion le venden la rreferida ocho quadras y media al enunciado Bicente Saballa en el lugar de Bucalemu, en la loma que esta en medio de las casas que fue del finado Juan Jose Gomes y de Don Alberto Ordenes. Por precio y quantia de ocho pesos y dos reales por quadra les a pagado en plata sellada y moneda corriente de ocho reales, que confiesan tener recibidos de mano del comprador, Bicente Saballa. (2 fjs.)
En San Francisco de la Palma en veintidos dias del mes de Octubre de mil ochocientos veinte y dos años ante Don Miguel de Escobar, Juez Diputado de estos distritos de Paredones y testigos. Comparecieron doña Maria Aumada, viuda del finado Mateo Cabieres y Manuel Cabieres hijo legitimo de la dicha doña Maria de quienes doy fe que conozco y dijeron madre y hijo de mancomun acuerdo, que otorgan por ellos y sus herederos y de los que siempre jamas a don Domingo Fuenzalida, vecino de esta doctrina, tres cuarteles de salinas cuajadoras y ocho baras de una cosedera en la laguna de Bucalemu, conjunta a las salinas de doña Maria Navarro.
Con las aguas que por costumbre corresponde de la laguna, libres de tributo ypoteca y por tal se las asegura por precio de doce pesos y cuatro reales que le a pagado en plata y moneda corriente de a ocho reales que se dio por satisfecho y entregado, declara que el justo balor de los tres cuarteles y ocho baras de cosederos son los doce pesos y cuatro reales que tiene recibidos por ellos y en qualesquiera forma y cantidad le hace gracia y donacion para perfecto y acabada a don Domingo Fuenzalida comprador. (2 fjs )
En la Estancia institulada Nuestra Señora de Regla, Doctrina de Paredones en veinte y quatro dias del mes de octubre de mil ochocientos dies y ocho años ante Don Manuel de Escobar Juez diputado y testigos, comparecio Jose Caceres vecino de la doctrina de Nancagua y morador en el lugar de Chepica como albacea de Miguel Perez, y de Juana Caris sus finados suegros el señor Alcalde Provincial don Manuel de Valenzuela acredita ser voluntad de los hijos de Juana Caris y de Miguel Perez , que dicho Jose Caceres, otorgue instrumento de venta de doce quadras de tierras que tienen y para fuerza y poder que le an dado todos sus cuñados.
Dice dicho Jose Caceres que otorgo por el y en nombre de sus cuñados y de los herederos y sus sucesores y de los que de ellos vende y en venta chilena a don Ambrocio Rodriguez y a su hermana politica Buenaventura Casas Cordero, vecinos de esta doctrina ocho quadras de tierras acsesorias a la Laguna de Cahuil habidas y eredadas de Juana Caris y esta de su legitima madre Magdalena Salazar.
Y asi mismo comparece Antonia Caris , vecina de esta doctrina de Paredones y dice que otorga por ella y en nombre de sus herederos y sucesores y del que ella y ellos hubiere titulo causa y vende en venta chilena a don Ambrosio Rodriguez y doña Bentura Casas Cordero, dos quadras de tierras que tiene en lugar de Los Moyes, conjuntas a las ocho quadras de tierras y dies y ocho varas que vende Jose Cares con todas sus entradas y salidas.Las ocho quadras dies y ocho varas por veinte reales por una quadra que hace la cantidad de veinte pesos y las dos quadras por por precio de dos pesos cada una quadra, libres de escritura y Alcaba.
Don Ambrosio Rodriguez y la dicha Buenaventura Casas Cordero aqui presente aceptaron esta escritura. ( 2 fjs )
En el lugar de la Capilla de las Paredes casa de doña Theresa Casas Cordero Doctrina de Paredones, departamento de la ciudad de Curicó en veinte y un dias del mes de julio de mil ochocientos cuarenta años, ante el ciudadano Vicente Solis Juez impector de esta citada Doctrina y testigos, comparecio presente en su propia casa doña Theresa Casas Cordero de mancomun con su lexitimo esposo Don Manuel Castro, y otorga por presente documento queda con venta publica y enagenacion perpetua desde ahora y para siempre jamas a don Jose Maria Arrano un retazo de terreno de chacara que es una "Isla"
Situada que rodea las salinas en el lugar nombrado El Voldo quedando independiente a este terreno unos cuarteles de salinas en el mismo sitio, lo que confiesa la otorgante, tenerselos vendidos de anterior al citado don Jose Maria Arraño, en ocho pesos.
Y dicho terreno completa la vendedora, lo heredo de su padre don Jose Casas Cordero a inmediaciones de la Laguna de Cahuil, conjunto con tierras del comprador, con todas sus entradas y salidas, segun como lo han gozado sus predecedores, asi se lo vende al precio y cantidad de veinte y dos pesosde dicho importe tiene satisfecho al comprador. Firmo a ruego Teresa Casas Cordero. Manuel de Abarca. ( 2 fjs. )
En San Francisco de la Palma distritos de Paredones En siete días del mes de mayo de mil ochocientos veinte y dos años ante mi Don Miguel de Escobar Juez Diputado de estos Distritos de Paredones y testigos Compareció don Juan Urzua conjunta persona de su legitima mujer Doña Rosa Dias y asi mismo comparece doña Maria Silva viuda del finado don Rosauro Cordova , vecinos de esta doctrina de Paredones
A quienes doy fe que conozco y el dicho don Juan Urzua de mancomun con su legitima mujer doña Rosa Dias y por el todo insolidium renunciaron a la ley de la mancomunidad de lo cual a voz del uno y de cada uno de por si, dijeron todos los susos dichos que otorgan por ellos y en nombre de sus herederos, sucesores y de los que de ellos de ellos hubiere titulo causa o razón legitima vender y dar en venta publica para siempre jamas a don Bernardo Rojas.
Vecino de la doctrina de Vichuquén , conviene a saber don Juan Urzúa de mancomún con su legitima mujer vende siete quadras de tierras en un lugar llamado del Rinconsillo Bucalemu que tiene propias suyas habidas y adquiridas de compra que hiso a su legitimo hermano el finado Pedro Urzua y la dicha Maria Silva ,vende tres cuadras de tierra en lugar conocido como del horno que eran propias suyas habidas y adquiridas de compra que hisieron de mancomún con el finado su marido con vida.
Dichas tierras son con todas las entradas y salidas usos costumbre y aguas y todo por la naturalesa producido siete quadras que vende Juan Urzua tiene la pension en treinta pesos en que las tiene empeñadas dicho don Juan a su hermano Don Miguel Urzua, lo que se obliga dicho Bernardo a pagarselos al dicho Miguel y todas son libres de ypoteca memoria ni obligacion y señorio , por presio de seis pesos cada quadra que las siete quadras hacen la cantidad de veinte y un peso que les a pagado en plata y moneda corriente, a excepcion de treinta pesos que queda obligado el dicho Bernardo, de a ocho pesos pago que se dieron por satisfechos y entregados sus voluntades.
En San Francisco de la Palma Doctrina de Paredones en siete dias del mes de enero de mil ochocientos dies y siete años, ante mi Don Miguel Escobar, Juez Diputado de estos distritos de Paredones y testigos, Compareció el Capitán de Milicia Don Juan Manuel Casas Cordero vecino y morador en la Capilla de las Paredes, a quien doy fe que conozco, y dijo que como primer albacea de su padre Don Jose Casas Cordero .
Otorga por el y en nombre de sus hermanos y sucesores y de los que de el y de ellos hubiese titulo causa bende y da en benta Real por fuero de eredad para siempre jamas a don Bicente Saballa , vecino y morador en las Salinas y a quien su derecho representare veinte y siete quadras y media que tienen por razon de sobrantes que hay en el titulo de mil quadras en el titulo del Potrero, trecientas sesenta y tres quadras y de estas dichas quadras que citan en el lugar Del Potrero, colindantes con tierras de doña Mercedes Piña por el lado del oriente por el lado del norte con tierras de los Vargas y por el sur con tierras del finado Xavier Guerrero y por el oriente lindan con tierras de los Moraga y Guerreros,
Con todas las entradas y salidas, usos y costumbres servidumbres y lo demas, libres de hipoteca y lo demas, se las asegura por precio de veinte pesos cada una quadra, que hacen sesenta y ocho pesos y seis reales que le a pagado en plata y moneda corriente de a ocho pesos de que se dio por satisfecho, y entregado a su voluntad y otorga recibo en forma de clara que el justo valor de las dichas veinte y siete y media quadra de tierras. al dicho Bicente Saballa. ( 2 fjs)
1 comentario:
excelente trabajo ! ; lastima que lo veo recien hoy , diciembre 2021; ; parece que los buscadores postergan o ignoran los sitios que no contemplen avisaje y /o interes comercial.
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